NORMATIVA 2026 para bicicletas y patinete eléctrico
La NORMATIVA 2026 para bici eléctrica y patinete ya tien fecha exacta en el que los patinetes y bicis eléctricas deberán contar con un seguro obligatorio para poder circular.
Si hace unas semanas salía la nueva ley del tabaco, hoy es el turno para la bici o el patinete eléctrico, te interesa lo que te vamos a contar.
A partir del año que viene, la Dirección General de Tráfico (DGT) va a endurecer las normas para los usuarios de patinetes y bicicletas eléctricas. Estos vehículos de movilidad personal (VMP) son los más populares de España y precisamente por eso tienen que tener unas normas más estrictas.
La DGT ha anunciado que a partir del 2 de enero de 2026 todos los vehículos de movilidad personal deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil para poder circular. Es cierto que esta medida ya se aplica en algunas ciudades españolas, pero a partir del año que viene se extenderá a todo el territorio.
Sin embargo, ese no será el único cambio que va a introducir la Dirección General de Tráfico. También será obligatorio que tanto los patinetes como las bicicletas eléctricas dispongan de un certificado de circulación y que estén inscritos en el registro oficial de la DGT. Se asignará a cada uno de estos vehículos de movilidad personal una etiqueta identificativa con su número de inscripción. Este número deberá estar visible en el vehículo en todo momento.
MULTAS
Multas de hasta 1.000 euros por no cumplir la normativa
Este endurecimiento de la normativa tiene como objetivo tener un mayor control sobre el parque de VMP y garantizar que cumplen con los requisitos técnicos y legales. Este es un cambio que la DGT ya había avisado con anterioridad.
Además, atendiendo a la norma que regula los vehículos de movilidad ligera, es decir, aquellos con espacio para una sola persona y que son impulsados por motores eléctricos, podrán circular a una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si no superan los 25 kilos. En el caso de que sea superior, la máxima se limita a los 14 km/h.
El no tener toda la nueva documentación en regla va a traer consigo una serie de multas económicas. Según la nueva normativa, las multas serán desde 200 hasta 1.000 euros e inmovilización del vehículo.
Vehículos que SÍ necesitarán seguro:
• Patinetes eléctricos que alcancen entre 6 y 25 km/h y pesen menos de 25 kg.
• Patinetes de más de 25 kg si van de 6 a 14 km/h.
• Bicis eléctricas que superen los límites de las pedelec.
• Otros pequeños vehículos eléctricos que no sean bicicletas convencionales.
Vehículos EXENTOS:
• Bicicletas tradicionales.
• Bicis eléctricas “pedelec” (hasta 250W, asistencia al pedalear y corte a 25 km/h).
Coberturas mínimas del seguro:
• 450.000 € por daños personales.
• 300.000 € por daños materiales.
Circular sin seguro será infracción muy grave:
• Multas económicas.
• Inmovilización o retirada del vehículo.
• Pago de todos los daños que produzcas de tu bolsillo.
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